Accidentes de Trabajo
Cuando el trabajador sufre un accidente de trabajo, ya sea en su lugar de trabajo o en el recorrido diario hacia el trabajo (accidente in tinere), debe notificar de inmediato a su empleador, quien a su vez debe notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.) interviniente, para que ponga a disposición del empleador toda la cobertura necesaria estipulada por la Ley 24.557.
Muchas veces las A.R.T. ofrecen al trabajador un servicio deficiente como por ejemplo:
- mala atención médica,
- rechazo sin causa de los reclamos cursados,
- pago de indemnizaciones ridículas y con excesivas demoras.
En todos estos casos el trabajador debe consultar inmediatamente un abogado laboral, una innecesaria demora pone en peligro una vez más el ejercicio de sus derechos, pués las secuelas del accidente de trabajo tienen a desaparecer con el paso del tiempo, lo cual dificulta la etapa probatoria durante un eventual juicio.
Las A.R.T. deben pagar indemnizaciones justas, asi lo han determinado los jueces por medio de la jurisprudencia, decretando en reiteradas oportunidades, la inconstitucionalidad de la Ley 24.557 (Caso “Aquino”).
Por lo tanto ante una situación de injusticia frente a una Aseguradora de Riesgo de Trabajo, el trabajador debe procurar que un abogado laboral le inicie ante los tribunales un recurso de inconstitucionalidad de la ley de Accidente de Trabajo, para poder así cobrar en tiempo y en forma una indemnización justa.
Es necesario tener en cuenta que los reclamos ante la A.R.T. no siempre ponen en riesgo la relación laboral ante el empleador, el trabajador tiene “la opción” de accionar ante la A.R.T. o ante el empleador, o ante ambos, pues existe entre ellos lo que llamamos responsabilidad solidaria.
Por ejemplo el trabajador podría reclamar y estar en juicio ante la A.R.T., sin accionar ante el empleador principal y conservando así su fuente de trabajo si lo desea.


septiembre 18th, 2012 at 12:55
Buen dia necesito saber que plazos tiene el trabajador para denunciar un accidente de trabajo ante su empleador.
octubre 3rd, 2012 at 19:40
Hola, podes denunciar ante tu empleador o ante tu art. Tenes hasta dos años de tiempo pero mi consejo es que lo hagas lo antes posible y ante la art. Si no conoces la art enviame tu cuil por correo que la averiguamos.
octubre 22nd, 2012 at 22:43
buenas noches dr. quería preguntarle si la art debe pagarme por un accidente que tuve en moto, fue in tinere al trabajo, me freno un auto adelante y para no chocarlo frene con el freno de adelante y la moto se resbalo y fui despedida de la moto, hice la denuncia ante la art, pero quería saber si deben abonarme algo por eso? muchísimas gracias,.
octubre 23rd, 2012 at 15:20
MI ESPOSO TUBO UN ACCIDENTE DENTRO DEL TRABAJO, ESTA BAJO ART PERO LA GENTE DE LA EMPRESA QUIERE QUE VUELVA A TRABAJAR . SU PROBLEMA ES EN LA COLUMNA Y EN UNA PELEA QUE TUVIMOS YO SIN INTENCIÓN LE MANDE UN MSJ DE TEXTO AL ENCARGADO, ESE MENSAJE ERA PARA MI ESPOSO, EN EL DECIA COMO EL QUE SE HACIA EL QUE LE DOLIA Y QUE VUELVA A TRABAJAR QUE LO HIBAN A DESCUBRIR, TODO FUE EN UN MOMENTO DE FURIA POR QUE NO REGRESABA DE UN ASADO CON AMIGOS. Ese mensaje puede hacer que lo obliguen a volver a trabajar sin el alta del ART O QUE PIERDA EL JUICIO EN CASO DE LLEGAR A ESA INSTANCIA.TENGO MUCHO MIEDO
octubre 24th, 2012 at 0:45
hola doctor,yo soy de general alvear,mendoza,y quiero saber que debo hacer ya que sufri un accidente en mi mano izquierda,estoy trabajando en negro hace 5 meses y sin ninguna cobertura de a.r.t.Trabajo en panaderia.Me deberian pagar el tiempo que este de parte medico?Desde ya muchas gracias.
octubre 24th, 2012 at 10:16
No definitivamente no pueden accionar por esto. De todos modos digale a su marido que debe asesorarse con un abogado especialista que resida en la zona. En que localidad estan?
octubre 24th, 2012 at 10:19
Hola Fabio, en este caso solo te queda reclamarle una indemnizacion a tu patron. Consulta urgente un abogado de tu zona. Saludos
octubre 24th, 2012 at 10:22
Hola Rocio, no solo que pueden sino que deben. De todos modos tengo wue hacerte la siguiente pregunta vos usas la moto como herramienta de trabajo? Espero tu respuesta. Saludos
noviembre 9th, 2012 at 9:52
que debo hacer para reclamar las scuelas de un accidente de trabajo hace dos años
noviembre 9th, 2012 at 10:59
Hola Alejandra, estás muy justa de tiempo porque la acción prescribe (prescribir quiere decir en lenguaje común “caerse”) en el plazo de dos años a partir de la primera manifestación invalidante, se puede prorrogar seis meses más si hay audiencia del SECLO en Capital Federal, y un año más si intimaste por carta documento. Tenés que actuar rapidamente, contactate con nosotros si estás en CABA o Córdoba capital. Saludos
diciembre 3rd, 2012 at 13:53
Hola soy claudio, el 5 de marzo de 2012 tuve un accidente laboral. le avise ami empleador que hiciera la denuncia de accidente, donde me dijeron que me iban avisar y nunca hicieron la denuncia pasaron varios meses Sin tener respuesta de ellos, tuve que hacerla yo mismo donde pasaron 7 meses. Para que la A.R.T tomara mi accidente. anteriormente en el año 2011 estuve de parte medico 5 meses ,lo que hace la empresa es sumar los meses del 2011 y 2012 y me dan el año de reserva laboral pero si ellos hubieran echo la denuncia cuando yo les dije en marzo eso no me hubiera pasado nunca, por eso ahora estoy desde octubre en reserva de puesto laboral sin goce de sueldo y enfermo de hernia de disco.
lo que yo quiero saber es si le puedo iniciar juicio a la empresa por no haber hecho la denuncia en marzo donde me dijeron q me iban avisar y jamas lo hicieron,
enero 28th, 2013 at 10:16
Si Daniela debe reclamar urgente, si trabaja en negro obviamente que el empleador tambien es responsable. Tambien si el empleador trabaja con alguna ART podemos citarla.
enero 28th, 2013 at 10:22
Es inevitable. Pero tu marido deberia urgente conseguir un abogado laboral. La empresa esta en CABA?